Motricidad.European Journal of Human Movement, 1994: 1, 5-24

ANALISIS PSICOLOGICO DEL ARBITRAJE Y JUICIO

DEPORTIVOS: UNA APROXIMACION DESDE EL MODELO

INTERCONDUCTUAL

 

Caracuel, J.C. Andreu, R. & Perez, E.

Universidad de Sevilla

 


 

RESUMEN

La Psicología del Deporte no es solamente, como comenta Riera, psicología del deportista; todas las demás personas involucradas, directa o indirectamente, en dicha actividad son sujetos potenciales de esta disciplina. Posiblemente, una de las personas más estrechamente vinculadas al desarrollo y/o resultado final de una competición deportiva sean los jueces y árbitros. En el presente trabajo, los autores se ocupan de analizar la influencia que los factores psicológicos tienen sobre tales personas a la hora de decidir y/o valorar la legalidad o la calificación de las ejecuciones de los sujetos en las competiciones deportivas. Como punto de partida se adopta la conceptualización de la percepción como una respuesta interactiva -y no meramente pasiva- del organismo en relación con el medio, siguiendo los lineamientos del enfoque interconductual. Ello permite analizar la actuación de árbitros y jueces de acuerdo con el modelo de campo propuesto por Kantor y Ribes, identificando los elementos integrantes, así como sus interrelaciones. Se valora la influencia de tales variables -más específicamente-como factores a tener en cuenta tanto en la percepción como en la toma de decisiones que tienen lugar en el quehacer de jueces y árbitros. Finalmente se hacen algunas sugerencias respecto a orientaciones futuras a seguir en orden a mejorar tanto el análisis de los comportamientos de jueces y árbitros como su formación.
PALABRAS CLAVE: Arbitraje y juicio deportivo, variables psicológicas, percepción, toma de decisiones, modelo de campo, enfoque interconductual.

 

ABSTRACT

La Psicología del Deporte no es solamente, como comenta Riera, psicología del deportista; todas las demás personas involucradas, directa o indirectamente, en dicha actividad son sujetos potenciales de esta disciplina. Posiblemente, una de las personas más estrechamente vinculadas al desarrollo y/o resultado final de una competición deportiva sean los jueces y árbitros. En el presente trabajo, los autores se ocupan de analizar la influencia que los factores psicológicos tienen sobre tales personas a la hora de decidir y/o valorar la legalidad o la calificación de las ejecuciones de los sujetos en las competiciones deportivas. Como punto de partida se adopta la conceptualización de la percepción como una respuesta interactiva -y no meramente pasiva- del organismo en relación con el medio, siguiendo los lineamientos del enfoque interconductual. Ello permite analizar la actuación de árbitros y jueces de acuerdo con el modelo de campo propuesto por Kantor y Ribes, identificando los elementos integrantes, así como sus interrelaciones. Se valora la influencia de tales variables -más específicamente-como factores a tener en cuenta tanto en la percepción como en la toma de decisiones que tienen lugar en el quehacer de jueces y árbitros. Finalmente se hacen algunas sugerencias respecto a orientaciones futuras a seguir en orden a mejorar tanto el análisis de los comportamientos de jueces y árbitros como su formación.
KEY WORDS: Arbitraje y juicio deportivo, variables psicológicas, percepción, toma de decisiones, modelo de campo, enfoque interconductual.

 


 

Posiblemente, de todas cuantas personas intervienen en el ámbito del deporte, la figura del juez o árbitro sea, desde el punto de vista psicológico, una de las más ricas. Su comportamiento es psicológicamente muy complejo, a causa de la naturaleza de las funciones y conductas que ha de poner en juego y desplegar. Ello, además, ha de ser ejecutado, normalmente, en un lapso de tiempo extremadamente breve, sobre todo en el caso de los árbitros de ciertos deportes. La importancia del comportamiento de jueces y árbitros en el desarrollo de la competición es marcadamente relevante; el árbitro y/o juez son los encargados de aplicar el reglamento y, en consecuencia, determinar la validez legal de una acción individual o grupal, así como de valorar y otorgar puntuaciones por tales acciones.

La influencia de sus decisiones es destacada, tanto durante el desarrollo de algunos deportes como en el resultado final alcanzado. Dada la complejidad de su tarea algunos de cuyos aspectos se comentarán más adelante- su figura suele ser polémica y con frecuencia son objeto de acerbas críticas, así como de reacciones emocionales por parte de deportistas, público y otras personas y/o instituciones -por ejemplo, medios de comunicación-vinculados con el deporte. Los errores cometidos por árbitros y jueces en el desarrollo de su labor suelen llamar más la atención que sus aciertos, pese a que probablemente estos últimos sean más numerosos.

De aquí que se plantee en algunos deportes la cuestión de si deben los jueces y árbitros ser profesionales o seguir siendo amateurs. Sin entrar en la discusión, creemos que lo que resulta absolutamente necesario es una mejor formación de estas personas; en concreto, y por lo que aquí respecta, una más completa preparación en lo referente a los aspectos psicológicos que inciden en su comportamiento, en orden a optimizar su labor.

Es el propósito de este trabajo realizar un amplio análisis de los fundamentos psicológicos del comportamiento de jueces y árbitros -centrándonos de manera específica el la percepción-tomando como base el modelo interconductual, planteado inicialmente por Kantor (1967) y desarrollado por Ribes y López (1985). Este enfoque proporciona un marco de análisis del comportamiento basado en la consideración de los fenómenos psicológicos como la estructuración de un campo de interacciones en el que un conjunto de variables interrelacionadas dan lugar a una determinada forma de conducta.

Ello permite la identificación de las diversas variables de las que aquélla es función, que nunca se reduce a una sola sino a, en palabras de Kantor (o.c.) "una constelación" de ellas.

 

FUNCIONES DE LOS JUECES Y ÁRBITROS DEPORTIVOS

Siguiendo a Riera (1985) dos son las funciones definitorias de la actividad de jueces y árbitros deportivos:

a) Decidir si una acción, jugada, ejercicio, etc., son o no legales o válidos, teniendo en cuenta la normativa propia del reglamento correspondiente, y

b) Valorar la actividad o ejecución de un deportista, sus gestos técnicos, etc., otorgando calificaciones en consecuencia y también en consonancia con los reglamentos.

La primera de estas funciones es más propia de los árbitros, en tanto que la segunda define más bien el rol del juez. Para cumplirlas con eficiencia parece necesario que concurran determinados requisitos que garanticen lo que debe ser un componente esencial del juicio y arbitraje deportivos: la objetividad. Esta será a su vez una de las condiciones necesarias para lograr una actuación justa e imparcial, características fundamentales de un buen juez o árbitro.

El desglose de la actividad que globalmante denominamos arbitrar o juzgar un evento deportivo, o un lance o actuación específica dentro de él, permite identificar tres tareas:

1) Percibir la situación a enjuiciar, es decir, las acciones o ejecuciones de la o las personas -y objetos, en su caso- participantes y/o implicados en el lance.

2) Comparar las características de tal situación con las disposiciones normadas en el reglamento correspondiente, y/o con los criterios de valoración especificados para esa actuación; esto es, interpretar lo que ha ocurrido o está ocurriendo. En esta actividad -como veremos más adelante-juega un papel muy importante la experiencia adquirida en anteriores ocasiones.

3) En virtud de lo anterior, sancionar el acto deportivo con la decisión o valoración adecuada, aplicando lo especificado en el reglamento o baremo correspondientes.

En el lenguaje arbitral se utiliza además otro término, apreciación, que parece corresponderse unas veces con percepción y otras con interpretación. Sin embargo, su uso ordinario, como ocurre con tantos términos -especialmente aquéllos que se refieren a actividades psicológicas-es ambiguo. Por ejemplo oímos decir "el árbitro no apreció contacto entre dos jugadores" en referencia a la acción o hecho visto o no, pero también se dice "el árbitro no apreció intencionalidad en tal o cual acción por parte de un jugador". Ambos usos refieren significados bien diferentes. El primero de ellos se relaciona más con lo que consideramos percepción, y el segundo con la interpretación, propiamente dicha. Es claro que la intencionalidad no es algo que se percibe igual que se ve una patada o una canasta, sino algo que se infiere a partir de determinadas características de lo que se está viendo. La apreciación, en el sentido de captación -generalmente visual- de un determinado hecho o acción viene a ser una condición necesaria, pero no suficiente, para que pueda llevarse a cabo la interpretación; tiene más que ver con factores situacionales, sobre todo fisicoquímicos y orgánicos, aunque, como veremos, no exclusivamente con éstos. La interpretación, por su parte, implica la intervención de otros elementos del campo, además de los ya mencionados; estos otros factores tienen que ver con aspectos tanto sociales normativos- como individuales -la historia del sujeto (experiencias, forma de ser, capacidades, etc.).

Aunque el proceso ha sido expuesto con un desarrollo preponderantemente lineal (primero se percibe, luego se interpreta y finalmente se decide), posiblemente sea más ajustado a la realidad considerarlo como un acto unitario, como algo que tiene lugar sincrónica -y no diacrónicamente-en un campo comportamental y situacional en el que una secuencia de movimientos y variables interactúan en un mismo tiempo conceptual. Percibir, interpretar y decidir constituyen una misma conducta: la de juzgar (o arbitrar); tal como explica Ryle (1949), no oímos un instrumento primero y luego apreciamos que está desafinado, sino que oímos un instrumento desafinado.

Sin embargo, la unitariedad globalizadora de los tres momentos descritos es, probablemente, una característica de un estadío final de la conducta que define al árbitro/juez experimentado, pero la adquisición de esta forma final seguramente implica -como proceso de aprendizaje-el paso por los tres momentos cronológicamente distintos, aunque no secuencialmente estancos. Sucede algo semejante a cuando uno empieza a ver por primera vez un deporte; al comienzo no se es capaz de apreciar -valorar-las actuaciones de los deportistas más allá de lo que nuestra historia previa nos permite y somos capaces de generalizar en virtud de otros

deportes más o menos similares ya conocidos. Esto último, no obstante, no siempre ayuda, sino que puede ser interferente. Por ejemplo, una persona que no ha visto nunca un partido de fútbol americano, no entenderá casi nada en las primeras ocasiones.

Serán inevitables las comparaciones con el rugby, si es que conoce éste, pero tales comparaciones puede que le reporten una mayor incomprensión aún, pues parafraseando a Wittgenstein-no se puede interpretar un deporte con las reglas de otro, más allá de ciertos aspectos; en todo caso, estos aspectos tendrán que ver más con elementos físicos -balón, porterías, destrezas motoras de los deportistas, etc.-que con los normativos: reglamento del deporte en cuestión. Sin embargo, cuando vamos sabiendo las normas que rigen ese deporte -cuál es el objetivo, cómo se consiguen puntos, quién gana o pierde, qué acciones están permitidas y cuáles no-así como qué acciones son más difíciles o entrañan mayor riesgo o mérito, y cosas por el estilo, podemos entender -y, si llega a gustarnos, disfrutar de- ese deporte o actividad.

Consideremos a modo de ilustración cómo distintos deportes implican a veces acciones similares que en unos casos son permitidas y/o valoradas positivamente y en otros no. Incluso el mismo tipo de deporte o actividad jugado o ejecutado en distintas circunstancias hace que sea valorada positiva o negativamente una misma ación. Dos ejemplos al respecto. El baloncesto jugado en un partido normal y el que llevan a cabo los Harlem Globetrotters es y no es el "mismo" baloncesto. Disfrutamos y apreciamos la habilidad de este famoso equipo pese a las muchas "infracciones" al reglamento que cometen, aunque eso mismo nos enervaría si se diera en un partido de la NBA.

Si sólo tuviéramos en cuenta criterios de efectividad -enceste-ambas situaciones serían similares, es decir, estaríamos percibiendo los mismos eventos, pero lo que distingue uno de otro no es la acción en sí misma sino el hecho de que se haga o no conforme a la legalidad establecida por el marco normativo que rige el deporte en cuestión. Dicha legalidad -en tanto categoría de circunstancia (Pérez-Córdoba y Caracuel, 1994)-es lo que valida o no una misma acción en momentos o lugares distintos, y esto es lo que nos hace interpretarla como adecuada/inadecuada, correcta/incorrecta, legal/ilegal, etc. Algo similar ocurriría si comparásemos la actuación de una gimnasta con la de una artista de circo. Muchas de las acciones como gestos técnicos-serán idénticas, pero posiblemente aplaudiremos cosas diferentes en uno y otro caso, y censuraremos acciones que, aunque semejantes, tienen o no cabida según donde se realicen. Y ello es así porque mientras el marco normativo que rige la actuación de la primera será muy estructurado y rígido, el de la segunda será más amplio, como corresponde a las diferencias categoriales entre el deporte y el espectáculo, aunque no tenga por qué haber una separación tajante entre ambas categorías.

 

EL NIVEL DE ANÁLISIS PSICOLÓGICO

Una de las contribuciones posibles de la psicología al ámbito del deporte en general, y al arbitraje en particular, puede ser la provisión de un modelo que permita analizar el comportamiento de árbitros y jueces deportivos desde un punto de vista psicológico, identificando las variables de las que es función su forma de actuar. Algunos intentos, parciales, se han hecho aunque entendemos que la tarea no es fácil, como tampoco lo es explicar cualquier actividad humana, máxime cuando los modelos al uso en la psicología han mostrado serias carencias respecto de su poder explicativo. Actualmente, sin embargo, contamos con una forma de analizar los fenómenos psicológicos basada en la psicología interconductual, generada por Kantor (1967) y desarrollada por Ribes y López (1985), la cual nos proporciona una filosofía conceptual de los eventos psicológicos -naturalista- y una forma de hacer análisis de los mismos -modelo de campo-que, entendemos, permite superar las limitaciones de viejos esquemas y acometer la tarea con mayores garantías.

El modelo interconductual aplicado al análisis de la realidad deportiva -y en concreto al tema que nos ocupa-permite apreciar que lo que denominamos percepción, interpretación y decisión son denominaciones que no se corresponden técnicamente con una acción -o grupo de ellas-específica para cada uno de los términos. Este modelo facilita, sin embargo, la identificación y análisis del comportamiento que caracteriza al árbitro o juez, posibilitando ver cómo lo que hemos denominado separadamente percepción, interpretación y decisión, podrán aplicarse, en algunos casos, a acciones aisladas, pero en otros a conjuntos de ellas e incluso a elementos que no constituyen relaciones en sí mismos, sino que forman parte de -son compartidos por- algunas interacciones (de mayor o menor complejidad).

En nuestro análisis iremos de lo más inmediato -que se correspondería, más o menos adecuadamente, con lo que hemos llamado percepción-a lo más elaborado -la interpretación y decisión- aun subrayando el carácter no compartimentado sino interactivo de estos niveles dentro del arbitraje y juicio deportivos.

 

ANÁLISIS PSICOLÓGICO DE LA PERCEPCIÓN

Durante mucho tiempo, y aún hoy, se ha considerado la percepción como una forma pasiva de aprehensión de la realidad. El ser humano es impregnado, a través de sus sentidos, por la realidad externa -y en parte por la interna (estimulación intero y propioceptiva)-sin que él participe activamente en tal fenómeno. Esta concepción dimana, según Ribes (1989), de la distinción cartesiana de la dinámica del movimiento y la mecánica de la luz. Así, la actividad humana que produce un efecto motor o de desplazamiento -locomoción, lanzamiento, actividad manual, etc.- es considerada comportamiento, y éste se equipara a acción física. En cambio, aquellas actividades humanas que no producen directamente efectos ambientales -ver, oir, pensar, etc.,-no son consideradas comportamiento, sino más bien entran en la categoría de "lo cognitivo". Esta falacia dualista aún pervive en la actualidad, claramente reflejada, por ejemplo, en la aceptada expresión de "lo cognitivo-conductual". Pero si, de acuerdo con Ribes y López (o.c.) contemplamos la percepción como una forma de interacción -al margen del posible efecto mecánico de ésta "acción" del sujeto respecto del mediopodremos conceptualizarla como una forma más de comportamiento que tiene lugar -como hemos apuntado-en un campo psicológico (Kantor, 1974; Ribes y López, o.c.) en el cual un conjunto de variables multideterminan la conducta -en este caso perceptiva- del sujeto. Así se posibilita, paralelamente, la identificación y el análisis de los elementos de dicho campo que afectan y modulan el acto perceptivo.

Una vez conceptualizada la percepción como comportamiento -y no existe comportamiento a no ser que el sujeto actúe o, mejor dicho, interactúe, con el medio, dado que de lo contrario el sujeto no se encontraría vivo- tal vez sí sea conveniente diferenciarla de otros tipos de conducta -tanto psicológicas como biológicas- de cara a diferenciar la percepción de la mera sensación biológica y, por supuesto, de la interpretación, como conducta psicológica más compleja.

Así, y de acuerdo con Roca (1992) podemos considerar la conducta psicológica en general -y la percepción, como tipo específico de ésta, en particular- como una "animación de la sensibilidad orgánica", entendiendo que dicha sensibilidad orgánica -de tipo biológico y rectivo-es la interacción que se produce entre el sujeto y el medio determinada por la historia filogenética de los individuos en cuanto especie, siendo la percepción la modificación de dicha reactividad debida a la historia de interacciones particulares de ese individuo en concreto con su medio específico. Reactividad que, por otra parte, no llega a modificar al propio medio ambiente externo. Es esta modificación de la reactividad biológica, en tanto animación de ésta -que no del medio externo-la que podríamos denominar, de modo genérico, conducta psicológica simple y, de modo específico para el tema que nos ocupa, conducta perceptiva. Un ejemplo de ella sería la anticipación, como conducta perceptiva de un portero, de la dirección de la pelota en un lanzamiento de penalti de un jugador al que conoce previamente, anticipación que es posible gracias a la "experiencia" de ese portero con esa situación y ese lanzador en concreto (experiencia que no siempre beneficia, ya que podemos anticipar erróneamente, dadas las posibles variaciones que puede utilizar el lanzador). El tiempo de reacción de los árbitros para mirar al linier cuando existe duda sobre la correcta posición del atacante en los contragolpes, también puede mejorar con la experiencia de dicho árbitro.

Todas estas modificaciones en la reactividad de los sujetos, gracias a su particular historia interactiva, son debidas a las relaciones más o menos constantes de los elementos del contexto, haciendo posible que el individuo se adapte a ellas -y cuando decimos adaptarse, repetimos, no queremos decir de forma "pasiva"-y modifique y mejore su reactividad, sin que por ello pueda modificar la situación en sí misma.

 

ANÁLISIS PSICOLÓGICO DE LA INTERPRETACIÓN

Si, como hemos dicho, la percepción está más ligada a factores situacionales, es lógico que, como interacción, el nivel al que tiene lugar sea relativamente elemental -función contextual, sobre todo, en la taxonomía de Ribes y López, (1985). Por contra en la interpretación y la decisión o aplicación, al ser más relevantes los factores histórico-experienciales y normativos, el nivel funcional al que se establecen estas interacciones implica un grado más elevado de complejidad, al menos extrasituacional, sustitutivo, en la taxonomía mencionada. Este desligarse de los factores de la situación concreta que tiene que interpretar el sujeto es posible gracias al lengujae, y permite que dicho individuo sea capaz de "inferir" aquellos aspectos no puramente perceptivos de la situación, juzgando o decidiendo la intencionalidad de una determinada jugada y su adecuación o no al reglamento en sí de dicha comptición. Esta complejidad de la conducta interpretativa, unida al hecho de que suele estar relacionada con aspectos sociales, tales como el lenguaje, las normas sociales, las costumbres grupales, etc., es lo que a menudo ha llevado a algunos psicólogos a denominar este tipo de conducta como pecepción social, incluyendo bajo ete epígrafe conceptos tales como el prejuicio o el rumor, ya sean estudiados éstos para una colectividad o determinada cultura -tarea más bien sociológica-o para un determinado individuo o pequeño grupo de éstos -tema abordado por la psicología social.

Volviendo al concepto de interpretación, como comportamiendo individual de árbitros y jueces, éste está generalmente vinculado a nociones tales como subjetivismo, actividad mental, proceso superior, función intelectiva, etc., y aunque no deja de reconocerse la influencia de factores externos al sujeto (cultura, ideología, etc.) éstos siempre se dan como incorporados a la subjetividad del que actúa. Nuestro propósito es poner de manifiesto que, aun tratándose en efecto de factores ligados a la vida experiencia, historia, biografía-del sujeto, no por ello la interpretación ha de ser considerada como proceso o fenómeno "interno" al mismo sino como práctica de éste.

Debido al tipo de cultura desarrollado en lo que se conoce como el mundo occidental, se ha impuesto una ideología -no en el sentido político del término, sino en el explicativo- esencialista, cuyos rasgos más característicos serían, por un lado, concebir que los elementos de la realidad son, es decir, existen y tienen una esencia per se al margen de cómo nos relacionemos con ellos; por otro -y derivado de ahí-que las ideas, conceptos, palabras, etc., tienen un referente particular, dotado, por supuesto, de entidad concreta, al cual designan y/o con el cual se corresponden. De ambos supuestos se desprende que el lenguaje sirve para designar, o expresar, la realidad y sus elementos, y tanto más exacto será un lenguaje cuanto más se acerque a, y precise, la esencia de esa realidad. Esta mentalidad queda bien reflejada en aquel viejo y nada progresista aforismo filosófico según el cual, "la verdad es la verdad, dígala Agamenón o su porquero". Por el contrario, como Wittgenstein ha mostrado (1958), el lenguaje es una práctica que, podría decirse, no refleja esencialmente la realidad sino que la conforma. Aún admitiendo que los elementos existen -al margen de que podamos captarlos sensorialmente-no podemos referirnos a ellos al margen del lenguaje que hemos desarrollado como práctica comunitaria. El lenguaje no significa más (ni menos) que un instrumento convencional -o sea, establecido de común acuerdo por un determinado grupo, social, profesional, científico, lúdico, etc.-para interaccionar con la realidad a un nivel que pueda sobrepasarse la mera reactividad situacional.

Los reglamentos, acuerdos, costumbres, experiencias, conocimientos, y un largo etcétera de elementos de esta naturaleza se constituyen en los factores a partir de los cuales es posible interactuar con la realidad y emitir o elaborar un juicio sobre ella. Como ha puesto de relieve Moreno (1992), un mismo elemento puede ser visto -interpretado-desde varios dominios distintos, sin que ello dé preponderancia ni niegue validez a ninguno de ellos. Consideremos el siguiente ejemplo. Lo que, desde el lenguaje ordinario denominamos grafito, puede ser visto de diferente forma por los diferentes tipos de científicos -físicos, químicos-incluso, una vez convertido en objeto, ese objeto podrá ser en ocaasiones una raqueta de tenis, o una bicicleta, etc., siendo entonces su análisis diferente ya que se estudiará su adecuación a la mano del tenista o al cuerpo del ciclista, independientemente de que la composición de dicho grafito pueda permitir una estructura más solida o un mejor golpeo de la bola, no olvidando la percepción e interpretación que dicho tenista puda realizar del ajuste de dicho objeto con las características personales del deportista, pudiendo darse el caso de que un análisis a un nivel más biomecánico resulte disrepante -y a veces hasta incompatible-con un análisis psicológico o incluso normativo -v.g. la adecuación de la Espada al regalmento de la Unión Ciclista Internacional. En absoluto es legítimo decir que ninguna de estas definiciones o categorías conceptuales sea más realidad que otra sino sólo que para cada uno de los dominios referidos una descripción es más pertinente a dicho dominio que otra. Como aludíamos antes, cada "juego de lenguaje" (Wittgenstein, o.c.) implica sus propias reglas y no puede jugarse uno con las de otros (o sí, pero entonces estaríamos haciendo chistes, metáforas, etc.). A título de ejemplo, no podemos definir el objeto descrito desde el dominio de la Geometría como una bicicleta, pese a que en ella podamos encontrar dos círculos y un triángulo invertido que los une.

Desde el punto de vista deportivo, los reglamentos correspondientes a cada deporte o actividad son los que demarcan los límites y definen los criterios interpretativos. Merece la pena destacar dos facetas en los reglamentos. Por una parte, son lenguaje y lenguaje de un cierto tipo; por otra, en cuanto lenguaje y en cuanto reglas son algo convencionado, esto es, acordado o establecido por una determinada comunidad para posibilitar el ejercicio de unas determinadas actividades: las que constituyen cada deporte. Practicar un deporte no es sólo ejercitarse en un determinado medio -agua, montaña, nieve, ...-y/o con unos determinados objetos -raqueta, balón, escopeta, ...-o aparatos -paralelas, trampolín, vehículos, ...- sólo -deportes individuales- o en compañía de otros sujetos, humanos -deportes de equipo-o no humanos -hípica-, sino hacerlo conforme a unas reglas que definen, como mínimo, qué se puede hacer y cómo. En el ámbito deportivo los reglamentos son uno de los factores más relevantes de cara a la interpretación de lo percibido. Los reglamentos definen si una acción determinada es posible o no en un deporte concreto y ello incluso puede delimitar básicamente un tipo de deporte frente a otro. Por ejemplo entre el balonmano y el fútbol la diferencia esencial es que la conducción del balón ha de hacerse en un caso con la mano y en otro con el pié. Luego otras características, como el tamaño del balón o las dimensiones de las porterías se regulan en función de las necesidades o conveniencias derivadas de la diferencia esencial. A la hora de interpretar los lances del juego, una misma acción será permitida o cortada, según lo que indique el reglamento corresppondiente. Así una acción con la mano es falta en fútbol, pero no en balonmano (o baloncesto), donde sin embargo lo será darle con el pié. Pero los porteros, tanto en fútbol como en balonmano, pueden usar legalmente ambas extremidades, si bien dentro de un área acotada. Aún más: una zancadilla al oponente será considerada ilegal en los mencionados deportes, pero no lo será -incluso puede resultar muy apreciable-en judo, lo mismo que una patada en karate o un puñetazo en boxeo.

Pero además del reglamento, habrá que tener en cuenta el o los dominios a los que el árbitro/juez esté refiriendo los hechos que percibe, dominios que, a su vez, dependerán tanto de su interpretación del reglamento como de otros factores ya mencionados (experiencias previas, estilos conductuales, motivación, factores situacionales, etc.), como más adelante tendremos ocasión de analizar.

 

EL MODELO DE CAMPO INTERCONDUCTUAL

Para llevar a cabo el análisis de las actividades y competencias propias del arbitraje y juicio deportivos, emplearemos el modelo de campo ya mencionado.

 

1. Nivel de análisis biofísico

Si distinguimos varios niveles de análisis de la realidad, que van desde lo más esencial -como podría ser lo biofísico-a lo más complejo o evolucionado -como es lo histórico o social-podemos considerar una serie de componentes que constituirían, quizá, las condiciones previas para que puedan darse tanto la percepción como la interpretación psicológicas. Tres tipos de factores incluiríamos en esta categoría:

a) Equipamiento fisiológico: constituido por los órganos sensoriales propios del ser humano, especialmente aquellos que intervienen en ese momento. En la mayoría de las actividades deportivas es la vista el principal sensor implicado, seguido del oído, sin que los demás sentidos parezcan intervenir específicamente (al menos para el análisis que nos ocupa). Deberá tenerse en cuenta tanto el estado general de tales órganos -capacidad visual y/o auditiva-como el estado particular en el momento concreto de realizar el juicio o arbitraje, ya que factores como cansancio, enfermedad, accidente, etc., pueden afectar la correcta recepción de estímulos y su consiguiente interpretación.

b) Factores situacionales fisicoquímicos: se contemplan aquí aquellos factores del contexto que pueden influir en ambos fenómenos, como por ejemplo, el escenario donde tiene lugar la competición, sus condiciones arquitectónicas y/o geográficas, la percepción y colocación de deportistas y objetos o aparatos, etc.

c) El medio de contacto fisicoquímico: esto es, aquellas características del contexto que sin entrar en lo juzgable o arbitrable lo posibilitan, como la iluminación (visibilidad), el nivel de ruidos, las condiciones climatológicas, etc. La posición del juez/árbitro es un factor esencial a la hora de que estos puedan establecer un contacto adecuado con la actividad deportiva a considerar, por lo que la buena colocación es una de las características más importante que distingue a un buen árbitro (Riera, o.c.). Esta colocación viene delimitada por el reglamento en algunas ocasiones (tenis, gimnasia, etc.), pero en otras depende mayoritariamente del propio árbitro (boxeo, baloncesto, etc.).

2. Nivel de análisis propiamente psicológico

Distinguiremos en este punto dos clases de variables psicológicas: a) las que se derivan de fenómenos que ocurren durante el juicio o arbitraje, y se deben sobre todo a acontecimientos propios de la dinámica de la competición misma (factores inmediatos), y b) las que de alguna manera el individuo ya aporta a la situación y dependen de características personales y sociales que se han ido gestando y moldeando a lo largo de su biografía, en función de experiencias y conocimientos anteriores (factores remotos). No obstante, queremos apresurarnos a dejar bien sentado que los acontecimientos remotos no tienen validez en cuanto a efectos pasados, sino en tanto afectan a las interacciones del momento, y en este sentido son también acontecimientos presentes en la situación. La distinción es, pues, más analítica que cronológica.

 

2.1. Factores inmediatos

Como se acaba de apuntar, algunos hechos del transcurso de la competición modulan la percepción e interpretación de los hechos deportivos. Podemos agruparlos en dos categorías:

a) Factores disposicionales: el juez/árbitro puede verse afectado por su estado emocional, el cual puede estar a su vez influido por las reacciones del público, la belleza de una actuación gimnástica, la violencia con la que se desarrolla un combate, etc. Así mismo, su manera de interpretar la ejecución de algún atleta puede estar Influida por los ejercicios de los anteriores (efecto de recencia) o por anteriores actos del mismo deportista: por ejemplo, una misma falta puede ser percibida con distinta valoración si la comete un jugador que anteriormente ha infringido ya varias veces el reglamento, que si lo hace otro que hasta entonces no lo había vulnerado (efecto de halo).

b) Factores situacionales: determinados actos deportivos pueden apreciarse de diferente forma en función de variables tales como:

-El tiempo que queda de partido: por ejemplo, en los minutos finales del partido el árbitro tendrá menos dificultad en "ver" o "dejar de ver" un penalty dudoso en el área local que en los minutos iniciales, y más aún si el tanteo es de 4-0 a favor del equipo de casa.

-El resultado del marcador: un árbitro puede dejar de añadir un tiempo extra al partido, pese a que hayan existido numerosas interrupciones, si el resultado es claramente favorable a alguno de los contendientes.

-El comportamiento del público: la actitud del público -quien también y a su manera juzga una competición deportiva-condiciona de alguna forma determinadas actuaciones, sobre todo arbitrales, produciéndose de forma táctica o expresa una múltiple interacción -en determinados deportes-entre público, árbitros, deportistas y entrenadores, estableciéndose a veces sutiles redes comunicativas -tanto verbal como gestual-entre algunas de las citadas personas, que posiblemente afectan más de lo aparente.

2.2. Factores remotos

Bajo el epígrafe de factores remotos vamos a entender un conjunto de variables psicológicas, sociales y culturales que pueden afectar el comportamiento, en general y, más en particular el proceso de enjuiciamiento que tiene lugar en el desarrollo de la práctica deportiva. Estas variables, en cuanto categorías, son genéricas a todo sujeto y situación, aún cuando son específicas de cada persona individual y de cada situación concreta. No se trata de variables propias de la situación a evaluar, sino más bien de factores que vienen definidos por la propia historia conductual de cada cual y que, por su propia naturaleza, condicionan de alguna manera el modo de actuación presente de cada sujeto. Ahora bien, como ya señalábamos con anterioridad, estos factores no deben ser entendidos como eventos pasados que condicionan una forma de respuesta presente, sino como variables que configuran la forma de comportarse de cada sujeto y que, por consiguiente, tienen su relevancia en la construcción de una interacción particular: arbitraje y juicio deportivos en este caso.

De acuerdo con las características propias que definen la evaluación de una situación deportiva, situación que resulta diferente de cualquier otra forma de evaluación -un tribunal, un examen, etc.-consideramos, aunque más bien por una finalidad didáctica que porque en sí mismas constituyan categorías excluyentes, que estos factores remotos pueden ser agrupados del siguiente modo:

a) Nivel de competencia: implica aquellas habilidades necesarias para una correcta percepción, interpretación y evaluación de lo percibido. Aspectos tales como rapidez para evaluar en el tiempo que transcurra entre la respuesta emitida por un deportista y el juicio valorativo que se hace de la misma. O ciertas destrezas para contemplar en un reducido espacio de tiempo que una misma conducta puede ser interpretada de varios modos, son habilidades y competencias que todo juez/árbitro debe poseer para un correcto desempeño de su labor.

Una situación donde debe arbitrarse o enjuiciar una actuación deportiva es similar a una situación que requiere la solución de un problema. A veces el problema será simple y/o rutinario y se podrá solucionar fácilmente, bien porque se trate de un caso claramente especificado por el reglamento, bien porque a lo largo de la experiencia del sujeto dicho caso se haya presentado repetidamente y le resulte fácil su interpretación. Pero en otras ocasiones la situación puede ser atípica, estar poco especificada en la reglamentación, etc. Tales circunstancias requieren por parte del árbitro/juez de competencias intelectuales que logren una correcta y efectiva solución del conflicto.

b) Estilo conductual: las propias características de personalidad de cada juez/árbitro, así como el modo en que asume su rol, son factores que también tienen su importancia en el arbitraje deportivo. Así pues, no actuará de la misma manera una persona insegura, indecisa, con escaso control, que otra segura de sus decisiones y capaz de ejercer dominio sobre su comportamiento ante la aparición de posibles conflictos desacuerdo del público o de los jugadores con una decisión que ha tomado, crítica desfavorable de la prensa... etc.

c) Expectativas: qué espera el juez/árbitro como consecuencia de su labor valorativa o evaluativa de una determinada práctica deportiva, puede llegar a ser una variable extraña en su toma de decisiones. De esta forma, un árbitro deseoso de alcanzar prestigio, bien puede actuar de una manera parcial y favorecer las actuaciones de un equipo que se enfrenta a otro porque el primero de ellos goza de mayor popularidad y existe cierto consenso por parte de la opinión pública en general -medios de comunicación, público, otros compañeros...- acerca de quien tiene que ganar la competición.

d) Variables condicionadas socialmente: aunque es cierto que una vez que el juez/árbitro adopta este rol, prescinde en buena medida de lo que podría denominarse su "vida personal" -tal como sucede con el cirujano cuando va a operar o con el profesor cuando va a examinar- también es verdad que la asunción de dicho rol no elimina la existencia de toda una serie de variables socioculturales de las que es imposible deslindarse totalmente. Estereotipos y prejuicios son quizá, dos de las actitudes que más seriamente pueden influir en la percepción de un hecho y en la toma de una decisión sobre sí mismo. Por ejemplo, el pais de origen de un judoka, el color de la piel de un atleta, etc. son casos pertinentes a esta categoría.

e) Normativa reglamentaria: el reglamento que norma cada práctica deportiva es, obviamente, un factor que existe antes de dar comienzo una competición en cualquier deporte y que condiciona las inerpretaciones que se puedan hacer de su práctica. En función de las reglas preestablecidas y aceptadas tanto por el deportista como por el juez/árbitro encargado de que se cumplan, este último tratará, de entre una gran cantidad de estímulos, sólo aquellos que le resulten relevantes para la situación que debe juzgar. O dicho de otro modo, prestará más atención a aquellas respuestas y comportamientos del deportista que estén relacionadas con la propia normativa del juego o deporte, aunque la totalidad de lo percibido sea mucho más amplia y completa. Por ejemplo, mientras que un juez de tenis sí se fijará en el número de botes que ha dado la bola en un mismo campo, no prestará atención al hecho de que la jugadora empuñe la raqueta con la mano derecha, con la izquierda o con las dos (cosa que, en cambio, sí atenderá su entrenador/a).

 

LOS ERRORES EN EL ARBITRAJE Y JUICIO DEPORTIVOS

De lo anteriormente expuesto se deduce que el enjuiciamiento deportivo es -como todo comportamiento- un proceso interactivo en el que toman lugar numerosos factores. Si el proceso fuera lineal y simplista, bastaría en cada caso con la mera aplicación del reglamento, pero la posibilidad de la presencia o ausencia de una amplia serie de elementos -de hecho nunca dos situaciones son idénticas- hace que cada acción o lance tengan que ser interpretados más allá de la mera relación percepciónaplicación, simple y lineal, como queda dicho. Esto hace que no sea suficiente con el hecho de cuidar que los elementos biofísicos sean los adecuados (equipamiento biológico del árbitro/juez, factores situacionales y medio de contacto fisicoquímico) ya que si bien éstos son necesarios para "ver" -en su sentido biológico- adecuacdamente las jugadas, no resultan suficientes para "apreciar" -en su acepción de interpretardichos eventos, llegando, a lo sumo, la "apreciación" arbitral -entendida ahora como percepción simple-a ser una cuestión meramente automática en la que el árbitro/juez, gracias a su experiencia, acorta los tiempos de reacción en sus tomas de decisiones. No obstante, en cualquiera de estos niveles puede darse lo que se denomina el error arbitral, siendo la intención de este análisis el centrarnos en los dos últimos -y de manera especial en lo que denominamos interpretación.

No obstante, debemos recordar que estos niveles diferentes de percibir situaciones -sentir, percibir e interpretar-, lejos de ser independientes se producen en un mismo acto o comportamiento al que denominamos arbitrar o juzgar y que, por tanto, cualquiera de los elementos intervinientes a un determinado nivel -por ejemplo, el color de una camiseta, si atendemos a su mero aspecto fisicoquímico-en una situación específica, y que no deberían influir en las decisiones o interpretaciones de los árbitros, pueden inducir a un determinado sujeto a una decisión u otra en función de la historia personal de dicho árbitro -v.g. en un sujeto supersticioso o que tuvo mala experiencia cuando fue a arbitrar al Cadiz C.F.-, independientemente de la "buena voluntad" u objetividad del árbitro, ya que, como todos sabemos, nadie puede escapar de su "propia" experiencia subjetiva o individual.

Esto, unido al hecho ya mencionado de que se producen situaciones excesivamente complejas en las que resulta bastante poco probable -biomecánicamente hablando-que el árbitro pueda atender a todos los elementos de forma simultánea, hace que el sujeto tenga que elegir atender a unos aspectos o a otros del evento, selección en la que no sólo interviene la situación en sí, sino también -y de manera algo especial en la interpretación-la propia experiencia del juez-árbitro, en la que, como ya comentamos, se van conformando las competencias, los estilos y las expectativas de éstos.

Para intentar unificar criterios evitando en lo posible las interpretaciones personales se recurre a la confección de reglamentos o normativas que traten de definir unas reglas convencionadas comunes. No obstante, en éstos resulta imposible identificar todos los subcasos posibles que pueden presentarse, limitándose, en el mejor de los casos, a una casuística restringida. Un reglamento es la concreción de una práctica actual o la anticipación de una práctica futura con base en prácticas anteriores; de ahí que el ejercicio subsecuente bajo esa reglamentación pueda dar lugar -en tanto nueva práctica-a modificaciones de su regulación. De ello se desprende la inevitabilidad de la interpretación y, dada la diversidad de ésta, la necesidad de unificar criterios así como de revisar y modificar reglamentos, etc.

Estas diferentes interpretaciones de los reglamentos generales -incluso por un mismo juez o árbitro en diferentes momentos del encuentro- pueden deberse no sólo a las diferentes historias de cada sujeto, como acabamos de apuntar, sino que pueden deberse, además, a la propia evolución de las situaciones en sí, que provocan el que no existan dos eventos exactamente iguales. Así, no es lo mismo pitar un posible penalti al comienzo del partido o a favor del equipo que pierde por tres a cero, que pitarlo en el minuto 91 y cuando el partido continúa con empate a cero. Esta propia evolución de las situaciones, unida a los diferentes estilos o personalidades de cada juez hacen inevitable que las decisiones o interpretaciones de las diferentes jugadas no sean las mismas para cada juez o para un mismo juez en diferentes ocaiones.

Estas diferentes interpretaciones o significados de una misma acción pueden ser debidas, además, al dominio desde el que se lleva a cabo la interpretación, y no tanto a lo que se percibe, y, por definición, todo acto es "interpretado inevitablemente desde alguno de los dominios del individuo que actúa como juez". (Moreno, 1992, p. 14). Cuando, retomando ejemplos anteriores, un árbitro ve que un jugador pone su pie en contacto con el del oponente de una determinada manera, de forma que éste cae, no está viendo una zancadilla y además una falta (en baloncesto, fútbol, etc.) o una zancadilla y además una llave valorable (en judo), sino una sola cosa en cada uno de los casos, según el dominio (aquí reglamento más experiencia, sobre todo) desde el que da significado a su apreciación en cada caso concreto. Y es que, "se opta por inferir ... a partir de la constatación tan sólo de algunos elementos observados, [lo que] supone una inferencia [errónea, en tanto que] realizada a partir de elementos que no siempre pertenecen en exclusiva a un solo dominio: mientras mayor sea el número de dominios en los que participen los elementos considerados, mayor será la posibilidad de error. [...] La posibilidad de ubicación de un elemento en diferentes dominios, así como la inespecificidad de límites, pueden ocasionar la situación de ambigüedad para un evento o hecho: serían los casos en los que no está claro el dominio al que pertenece el hecho en cuestión." En estos casos suele influir lo que denominamos "contexto". (Moreno, o.c., pp. 14 y 15).

Estas inferencias realizadas a partir de elementos que pertenecen a difrentes dominios hacen que las diferentes interpretaciones (incluso por parte de jugadores, público, prensa, etc.) hacen que en realidad cada uno de éstos este interpretando un evento diferente, pese a que el reglamento que utilicen todos estos individuos sea el mismo. Así, por ejemplo, y comenzando desde la propia posición física en el campo -que permite o impide ver determinadas acciones-pasando por la diferente experiencia de cada sujeto -en las que incluimos los estilos personales, las propias expectativas, los intereses personales, etc.-hasta las propias condiciones situacionles y disposicionales que se producen en cada momento -en los diferentes momentos del encuentro-, unidas a los diferentes dominios y niveles de interpretación que cada uno utiliza en cada uno de esos diferentes momentos, hacen que las discrepancias en los juicios o decisiones de unos y otros se hagan evidentes en multitud de ocasiones, independientemente de los errores en el árbitraje que se puedan cometer por la no apreciación -puramente fisicoquímica-de no ver un determinado contacto entre jugadores, o una mala recepción de un aparato en un ejercicio gimnástico.

Con todo, no hemos querido más que hacer una pequeña revisión de los posibles elementos que pueden intervenir o causar los llamados "errores" en el juicio y arbitraje deportivos, necesitándose de un estudio más detallado de cada uno de estos posibles factores de cara a mejorar la formación y preparación de las personas que se dedican a esta labor. !Nada más lejos de nuestra intención el justificar dichos errores, ni el hacer parecer a los árbitros y jueces como "probecitos" individuos que han de tener en cuenta tantos factores que se les hace imposible su labor! Es por ello que, a modo de introducción de posteriores trabajos plantearemos lo que, a nuestro entender, pudieran ser las líneas mastras de una futura formació y preparación psicológica de jueces y árbitros deportivos.

 

FORMACION DE LOS ÁRBITROS Y JUECES DEPORTIVOS

En el aprendizaje de las conductas de arbitrar y/o enjuiciar una actividad deportiva tendrá un papel esencial el aprendizaje de la reglamentación, pues éste será quien permita calificar una acción. Lógicamente este aprendizaje no podrá llevarse a cabo en el vacío, es decir, al margen de la exposición del aprendiz a situaciones deportivas del tipo de las que se pretende juzgar.

Una cuestión recurrente podría plantearse aquí: ¿qué tipo de exposición del sujeto a la situación deportiva promueve un mejor aprendizaje de la conducta de arbitrar, el practicar el deporte en cuestión o su mera observación? Un análisis en profundidad de este aspecto sobrepasaría con mucho los límites de este trabajo, pues podría entroncar con problemas relativos al proceso de enseñanza/aprendizaje y cuestiones relacionadas con él, como la necesidad de la experiencia directa -en cuanto ejecución- para aprender, y sus extensiones al mundo del deporte, como si es mejor un entrenador que antes ha sido practicante o no es necesario. Sin entrar en mayores disquisiciones podemos argumentar dos puntos:

a) Si lo que se discute es la necesidad de ser o haber sido practicante de un deporte para ser un buen árbitro del mismo, nuestra respuesta es que no es imprescindible, como no lo es ser actor, escritor, pintor, etc., para ser un buen juez de cualquiera de estas actividades.

b) Si de lo que se trata es de ver si influye, la respuesta es que sí; otra cosa sería en qué forma o medida lo hace. Aquí pensamos que no es posible dar una respuesta única; muchos y variados serían los factores influyentes según el tipo de experiencias que el sujeto hubiera vivido en sus momentos como deportista. De entre tales factores los habrá que coadyuven a formar mejores árbitros/jueces y los habrá que interfieran negativamente al respecto. Qué duda cabe que la práctica de una actividad deportiva provee un buen conocimiento de dicho deporte, de las situaciones concretas que se plantean en el transcurso de una actuación o encuentro, incluso de las relaciones árbitro/deportista que tienen lugar en la cancha misma. Pero más que identificar elementos concretos como responsables de un efecto facilitador o interferente esto va a depender de cómo se vivan estas situaciones entre sus protagonistas, es decir, de las interacciones concretas que tengan lugar. Como regla general es sabido que la experiencia directa no es condición suficiente para un correcto aprendizaje y que de ella pueden derivarse errores y sesgos, a veces poco controlables, que se consolidan en el repertorio conductual de un sujeto afectando negativamente su actuación.

Otra cuestión, en la que tampoco podemos entrar en detalle por las mismas razones a las que aludíamos antes, sería la cuestión de qué es lo que deben aprender los árbitros, y aunque no pretendemos entrar en los contenidos propios impartidos por las Federaciones y Colegios de Arbitros correspondientes -por no ser de nuestra competencia-si creemos necesario que en éstos se incluyan aspectos psicológicos tendentes a mejorar no sólo sus habilidades perceptivas simples -en las cuales la psicología ha trabajado desde sus comienzos-sino también los aspectos tácticos o selectivos que potencien la recogida de datos de cara a la posterior interpretación de los eventos, así como el conocimiento de aquéllos factores intervinientes en las tomas de decisiones que son en definitiva las que les pueden llevar a determinar "sanciones" más objetivas en sus actuaciones en el terreno deportivo.

 

CONCLUSIONES Y SUGERENCIAS

A lo largo del presente trabajo se ha puesto de manifiesto cómo la percepción, lejos de ser algo simple, lejos de ser algo simple, puede resultar excesivamente complejo, más aún si tenemos en cuenta que la interpretación, además de estar influida por aspectos personales -experiencia-puede tener connotaciones sociales -consecuencias, a veces, de muchos millones de pesetas o para muchos aficionados- y a su vez estar mediada por estos aspectos sociales -reglamentación, uso del lenguaje como instrumento social, etc. Esto hace necesario que se preste una mayor atención a la formación de los futuros árbitros/jueces como individuos participantes -e imprescindibles-en los acontecimientos deportivos, teniendo en cuenta que la preparación psicológica no debe limitarse a los deportistas, y que las técnicas utilizadas tanto para el control del estrés, la mejora de la atención o la adecuación de los niveles motivacionales y disposicionales pueden y deben ser aplicadas a los encargados de juzgar las actuaciones deportivas.

Para ello se hace necesario un estudio más amplio del comportamiento -en particular del perceptivo-psicológico de estos sujetos, atendiendo a los distintos niveles de análisis que desde aquí se proponen, teniendo en cuenta que no sólo hemos de optimizar los aspectos puramente físicos o biomecánicos -que indudablemente influyen, como acabamos de ver-sino todos aquéllos factores psicológicos que intervienen en la situación deportiva, tanto los inmediatos como los remotos, y todo ello sin olvidar que las normativas, como expresión del uso y la práctica común, también son mejorables -y de hecho se intentan mejorar, aunque no en todos los deportes o con la rapidez que en ocasiones se requeriría.

Tal vez con este estudio, y con un análisis más pormenorizado de las posibles fuentes de error arbitral -en el que influyen todos los factores mencionados-podamos mejorar la preparación de los jueces y árbitros -como individuos participantes del acto deportivo-en su triple tarea de percibir, interpretar y sancionar, con lo que sus decisiones y juicios puedan ser -en la medida de lo posible-más objetivos, con todo lo que de "subjetivo" o personal puede conllevar su conducta -ya que, de hecho, la experiencia propia es inherente al comportamiento individual-, y todo ellos sin el menosprecio a los cambios en factores puramnete físicos o biomecánicos o normativos que puedan llevarse a cabo en otro tipo de estudios y que redundan en la mejor objetividad del comportamiento.

 

REFERENCIAS

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